Se recomienda a los entes públicos revisar anualmente su marco normativo que regula el Sistema de Control
Interno y los que no cuenten con él, implementarlo, de tal modo que, se analicen, identifiquen, cataloguen
y prioricen, evaluando los riesgos inherentes en los procedimientos de contratación y operaciones con
proveedores de servicios y contratistas.
Autoridad: Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, Órganos Autónomos y Ayuntamientos
del estado.